23 noviembre, 2024

2 comentarios en «Licencia de conducir: Santo Tomé gana demanda iniciada por un discapacitado»

  1. Es anticonstitucional el convenio que subroga a las leyes de tránsito 24449 y su modificatoria 26363 con las distintas provincias y municipios asociados en la repartija con seguridad vial, con un único fin el recaudatorio.
    No se puede ni se debe bajo ninguna excusa ni convenio con seguridad vial, prohibir los derechos ciudadanos por pagar una multa. Para eso el sistema administrativo de faltas cuenta con los procesos de cobro necesarios como la vía de apremio, sin coaccionar vilmente contra el que tiene que renovar su licencia de conducir.
    Por lo tanto existen vías legales para cobrar las multas se trata de una “extorsión” obligar a pagar de ese modo. es violatorio de los principios máximos de razonabilidad.
    Lejos de poseer una naturaleza extorsiva, el pago de la multa posee un carácter disuasivo, por lo que “no guarda adecuada relación con el valor sobre seguridad vial que enarbola porque el cumplimiento con el pago de las multas por las infracciones cometidas por quien ha obrado con imprudencia en la conducción de un vehículo, no lo torna por sí solo en un juicioso hábil conductor y, mucho menos, garantiza un incremento en la seguridad vial».
    Obviamente que si la administración no da respuesta o ésta es tardia, o no es favorable la resolución por vicios y baches de la misma ley, el presunto infractor debe recurrir a la vía de amparo en la alzada contenciosa administrativa.
    Hoy cualquier conductor del país debe conocer no sólo las leyes aludidas sino las particulares de cada municipio o provincia una verdadera incongruencia. y lo peor son los funcionarios que defienden estos convenios, por interés o desconocimiento induciendo al pago, sin siquiera saber en profundidad el mal que generan, o directamente sin conocer en profundidad las leyes que esgrimen.
    Distorsionando por lo tanto el verdadero espíritu de las mismas, leyes.
    En éstos días mismo casi todos los cinemómetros de ruta 12 y 14 hay que controlarlos, en el http://www.inti.gob.ar/metrologia donde gente que no parece de la administración cuestionada por su eficiencia y eficacia, le dicen si están aprobados.
    Se encargan de todos los aparatos del país.

    Cuando se paga una multa trucha, el 30% va para el municipio y el 70% a la empresa que puso el radar. .

    Cuando la multa es legal, el 30% se destina a la AGENCIA DE SEGURIDAD VIAL. Al municipio o provincia le queda alrededor del 20% y el 50% restante va al ente que compró los radares. Los radares no previenen los siniestros, sólo castigan el exceso de velocidad cuando ya se cometió. Lo que hace bajar y educa sobre la velocidad es la cartelería, advirtiendo que comienza el control no la fotomulta.»

    ES TODO UN GRAN NEGOCIADO QUE ALEJA CADA VEZ MAS A LA GENTE DE LOS FUNCIONARIOS Y POLITICOS.

  2. no es la primera ves que pasa esto con un discapasitado yo tambien voy a iniciar demandas contra la municipaluidad de rosario.por supuesto aca lo van a desmentir pero no sotros sbemos los reincidentes malos tratos que tiene la municipalidad con los discapacitados y no es el primer medio que lo digo.

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