Home » Justicia » Ganón “discriminó” cuando agredió por «tuit» a Rafael Gutierrez

Ganón “discriminó” cuando agredió por «tuit» a Rafael Gutierrez

Lo dictaminó el Secretario de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe, Horacio Coutaz. El contenido de su decisión fue notificado hoy al Presidente de la Cámara de Senadores, cuyos representantes ya plantearon en mayoría la remoción del Defensor General de la provincia.

“En mérito a lo expuesto, y en uso de sus facultades, esta Secretaría de Derechos Humanos dictamina: – Que las expresiones efectuadas por el Dr. Gabriel E. H. Ganón a través de su cuenta de Twitter identificadas en el punto II constituyen un acto discriminatorio en los términos de la ley 23.592, debiendo ser rechazadas y repudiadas, poner en conocimiento del presente al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos y remitir copia a las Presidencias de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores a los efectos que estimen pertinentes”, dice el dictamen del Secretario de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe, Horacio Coutaz, que resolvió así un vademécum de críticas recibidas por Ganón luego de una serie de “tuits” que disparó desde su cuenta personal y que fueron dirigidos al presidente de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, Rafael Gutierrez. El dictamen ingresó oficialmente este jueves a la presidencia del Senado, cámara que debe evaluar si hay sustento para remover a Ganón de su cargo. El escrito fue girado a todas las partes involucradas.

“En primer lugar – dice Coutaz en su dictamen ela que tuvo acceso Zona crítica On Line- debe delimitarse el ámbito de competencia de esta Secretaria, tanto en cuanto a la posibilidad de determinar la existencia o no de un acto o conducta discriminatoria en los términos de la Ley Nº 23.592, y en su caso establecer los cursos de acción que correspondan; como asimismo respecto a las manifestaciones sobre las que se va a expedir”. Así, se evaluaron las siguientes expresiones:

–           “Rafa Gutierrez Pte de la Corte d Santa Fe su prestigio se deteriora no solo a traves de su lenguaje ininteligible, vago y bajo sin también”

–          “con su vestimenta deteriora aún mas su imagen con obesidad mórbida excesiva, digo un Pte de la Corte no puede tener un traje manchad”

–          “y los puños de las camisas rotas no les parece? Digo un Pte. de la Corte vestido así no colabora a mejorar la imagen deteriorada de la justicia”

Coutaz señala que el dictamen tiende a determinar si las expresiones indicadas violentan el principio de no discriminación y en consecuencia constituyen ejercicio abusivo de la libertad de expresión. Para el funcionario del ministerio de Justicia la extensión de tan preciado derecho no implica conferirle al mismo un carácter absoluto. “La propia Corte IDH estableció que: “Es importante destacar que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, éste puede ser objeto de restricciones, tal como lo señala el artículo 13 de la Convención en sus incisos 4 y 5. Asimismo, la Convención Americana, en su artículo 13.2, prevé la posibilidad de establecer restricciones a la libertad de expresión, que se manifiesten a través de la aplicación de responsabilidades ulteriores por el ejercicio abusivo de este derecho, las cuales no deben de modo alguno limitar, más allá de los estrictamente necesario el alcance pleno de la libertad de expresión y convertirse en un mecanismo directo o indirecto de censura previa”  (Corte IDH, Caso Herrera Ulloa  Serie C. Nº 107). Dichas restricciones o responsabilidades deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarios para asegurar: el respeto a los derechos o la reputación de los demás; la protección de la seguridad nacional; el orden público o la moral públicas”, destaca Coutaz.

El Secretario de Derechos Humanos también reslata que, más allá del contenido discriminatorio de sus “tuits”, debe advertirse que han sido compartidos en una red social en la cual el destinatario no es solamente la persona directamente aludida, sino también todas aquellas personas que pueden observar los comentarios del Sr. Ganón, sean sus seguidores o no.  “En tal sentido, el mensaje puede extenderse o viralizarse y llegar a conocimiento de innumerables personas, cómo sucedió en el caso”.

Ganón, Defensor General de la provincia de Santa Fe tiene un cargo público similar en importancia al de un ministro de la Corte, facultad que le ha otorgado el nuevo sistema de enjuiciamiento penal vigente en la provincia desde febrero de este año. Los senadores, 17 sobre un total de 19, ya han manifestado por escrito que están dada las condiciones para iniciar el trámite de remoción del funcionario, no sólo por los tuits, sino además por fallas técnicas en algunas intervenciones que han sido observadas por los legisladores y se incorporaron al expediente.

Fuente: Zona Crítica

Autor: H.M.G

Etiquetas

Add To TwiiterRetweet This Post item information on FacebookShare This Stumble ThisStumbleUpon This Digg ThisDigg This Add To Del.icio.usBookmark This

About The Author

Deja una respuesta