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La defensa del médico cuestiona la difusión del peritaje de orina

“Dicho estudio fue realizado de manera ilegal y será invalidado como prueba”, aseguran los abogados del cuestionado profesional.

Los abogados defensores del médico terapista del Sanatorio Mayo cuestionaron la difusión del resultado de un supuesto análisis de orina, el que habría arrojado resultado positivo de cocaína.

“Nuestra posición tiene dos bases. Por un lado entendemos que dicha prueba fue obtenida de manera ilegal. Y por otro objetamos que un abogado haya tenido acceso a un legajo al que nosotros jamás pudimos ver”, dijeron los letrados Romeo Díaz Duarte e Ignacio Alfonso Garrone.

“Recién acabamos de solicitar al Ministerio Público quién, cómo y a través de qué medios obtuvo información del legajo. Porque nosotros nunca pudimos tener acceso al legajo”, dijo Díaz Duarte.

Más adelante explicó que “en la Investigación Penal Preparatoria (IPP) el fiscal tiene el derecho de abstenerse de suministrar datos. Por eso hemos pedido audiencia imputativa. Si en 15 días no fijan audiencia, nos tienen que dar la información pertinente. Bueno, los 15 días no se cumplieron. Entonces nos preguntamos cómo fue que esta persona obtuvo información. Eso no lo sabemos y será materia de investigación. Para mí es un hecho muy grave”.

Prueba no válida

“Nosotros hablamos con verdades fácticas. Por eso desde el principio objetamos ese análisis de orina. Todo lo que dijimos se ajusta a la verdad. Esa evidencia fue obtenida en forma ilegal. Entonces en su momento cuando se quiera incorporar como prueba haremos la oposición respectiva.

Por su parte, Alfonso Garrone sostuvo que “lo único que conocemos, porque estuvimos presentes, es la prueba de sangre que dio negativo de alcohol. Y ese estudio no arrojó ni un vestigio de cocaína u otra sustancia. Por el contrario, la prueba de orina fue extraída a la medianoche en una comisaría. No tiene vinculación con un hecho ocurrido 12 horas antes”.

Paro cardíaco

En otro tramo, Díaz Duarte se mostró confiado en poder demostrar que la muerte de la mujer no está vinculada al desempeño de su cliente.

“Si el hombre ha consumido una sustancia con anterioridad no lo vincula para nada con la muerte de esa señora. En este momento, estamos reunidos con los médicos legistas que los contratamos para este caso. Con los videos que tenemos, con la declaración de nuestro cliente y con algunos testigos que nosotros conseguimos, podemos afirmar que la señora falleció de un paro cardiorrespiratorio. Y que no hubo ninguna práctica médica que haya podido establecerse como causal de la muerte de la mujer. Eso está clarísimo.

Y agregó: “Se van a llevar una sorpresa cuando el resultado de la autopsia diga que la mujer falleció por los designios de Dios, y no por una práctica médica”, sentenció.

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