Un empresario fue condenado por insolvencia fiscal fraudulenta. Se desapoderó de bienes cuando el organismo recaudador le verificó incumplimientos fiscales. La causa duró 15 años.
Cristian Templado, un tostadense de 51 años que fundó hace más de una década una empresa unipersonal en Esperanza fue condenado por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe a la pena de dos años de prisión en suspenso, en un juicio abreviado en el que también recibió la misma pena Vanina Presser.
La jueza Ivón Vella fijó el monto de la pena en un juicio que se inició por una denuncia de la Afip en 2006 y luego reformulada en 2010. El organismo recaudador le determinó un incumplimiento fiscal en el período de 2006 a 2007 a Templado por la suma de 248 mil pesos, en relación al IVA del período fiscal de 2004.
En ese contexto se acreditó que el condenado era el único titular de una empresa en Esperanza dedicada a la venta al por mayor de productos y subproductos de molinería, semillas, en comisión o consignación y servicios de arquitectura e ingeniería, como así también servicios conexos. En tal carácter se encontraba inscripto en el impuesto al valor agregado y ganancias.
Luego de anoticiarse de la deuda ante la Afip Templado, en septiembre de 2007 Templado transfirió un camión y un acoplado de su titularidad a Vanina Teresita Presser, suscribiendo los correspondientes formularios 08 de inscripción de dominio, los cuales fueron anotados en el Registro del Automotor N° 1 de Esperanza. No obstante ello, los rodados fueron facturados el 1 de octubre de 2007, esto es, con posterioridad a su inscripción registral. Durante el período comprendido entre el 20 al 28 de septiembre de 2007, Vanina Teresita Presser tomó dos créditos prendarios de la “Mutual entre asociados de la Escuela Comercial Centenario de Humboldt”, por la suma de $ 123.900 para sufragar la compra de los rodados, respecto de los cuales Templado se constituyó como garante. En ese momento, la mujer no registraba ninguna actividad económica. La justicia corroboró que en los últimos días de agosto de 2007, Presser se dio de alta en la AFIP como transportista de mercaderías, esto es, mientras se desarrollaba la inspección de la AFIP a Templado. De igual modo se comprobó que la nombrada fue localizaba por funcionarios de la AFIP, en distintas) oportunidades, desarrollando tareas en el domicilio comercial de Templado sito en Esperanza.
Presser facturó el noventa cinco porciento (95%) de los servicios a nombre de Templado; como asi también que el camionero Oscar Gil, quien prestaba servicios para este último, fue dado de baja por Templado y desde el 10/10/2007 comenzó a prestar los mismos servicios para Presser. “Todo ello otorga fuerza probatoria eficaz a la plataforma fáctica enunciada y me conduce a tener por corroborada la materialidad de los hechos imputados y reconocidos por los encausados en el acuerdo con la fiscal general auxiliar. En cuanto a la responsabilidad de los encartados en los hechos ilícitos, entiendo que ha quedado suficientemente acreditada su participación, conforme las pruebas reunidas en la causa”, señala el fallo.
Vella señala que “el cuadro probatorio resulta tan sencillo como elocuente, y evidencia con certeza que Templado y Presser pergeniaron una maniobra cuyo único objetivo lo constituyó el desapoderamiento de los únicos bienes realizables (camión y acoplado) que integraban el patrimonio del primero, y de este modo frustrar el cobro de la obligación que le determinada la AFIP. Adicionalmente, lograron mantener los rodados y la continuidad del negocio de transporte que aquel venía desarrollando, dentro del ámbito familiar, toda vez que Presser era pareja del cuñado de Templado al momento de los hechos”
Otro indicio que condujo a la jueza a tener por acreditada la responsabilidad de los imputados en la maniobra ilícita, lo constituye la relación de parentesco y comercial existente entre ambos en ocasión de los hechos. En efecto, se determinó que Presser, al momento de la transacción, era novia de Sebastián Pajón, cuñado de Templado, lo que fue confirmado por los propios imputados al momento de prestar declaración indagatoria.
La justicia desvinculó a Templado de la causa de evasión simple pero lo condenó a él y a Presser por la maniobra en la que todas las huellas quedaron en evidencia.