La auditoría del Ministerio Público de la Acusación apunta contra el fiscal de Reconquista Aldo Gerosa por su accionar en el caso que se le sigue a Marcelo Galaz, ex secretario privado del senador Scarpin (Juntos por el Cambio), quien está acusado de violar durante seis años a su sobrina menor de edad. Las presiones de la política en el centro de este bochorno.
Sigue creciendo el escándalo que rodea a la causa judicial contra Marcelo Galaz, ex secretario privado del senador santafesino Dionisio Scarpin, quien está acusado de abuso sexual a su sobrina menor. La auditoría del Ministerio Público de la Acusación realizó un lapidario dictamen contra el fiscal de Reconquista Aldo Gerosa por su actuación en este caso. Tras detectar gravísimas irregularidades, sostiene que Gerosa debería ser “destituido en el cargo”: asegura que el fiscal “revictimizó” a la chica violada, le dio un “trato indecoroso”, la “molestó” y “presionó para que firme un acuerdo abreviado” que le reducía la pena a Galaz de 32 años a solo 7. Un proceso judicial bochornoso.
Galaz fue detenido el 21 de julio de 2021 en la Municipalidad de Avellaneda, donde trabajaba como secretario privado y hombre de confianza del entonces intendente, Dionisio Scarpin, hoy senador nacional por Juntos por el Cambio y precandidato a diputado provincial por la alianza Unidos para Cambiar Santa Fe.
La detención de Galaz, quien también era dirigente de la Juventud Radical, se realizó tras ser denunciado por su sobrina, quien lo acusó de someterla a abusos sexuales durante seis años y cuando ella era menor, de los 4 a los 10 años.
El imputado estuvo siete meses presos, pero después se le concedió llamativamente la prisión domiciliaria, y así sigue hasta el día de hoy mientras se desarrolla el proceso judicial.
En noviembre de 2022 debía arrancar el juicio oral y público en el que se iba a pedir 32 años de prisión para el violador, pero llamativamente se suspendió. Meses después apareció un acuerdo abreviado –allí Galaz terminó admitiendo los abusos hacia su sobrina menor de edad- que le reducía la pena al acusado a solo siete años y seis millones de pesos de indemnización a la víctima.
El mismo estaba a punto de ser homologado por el juez de la ciudad santafesina de Reconquista Santiago Banegas, pero finalmente se negó a hacerlo tras las declaraciones del procurador de la Corte Suprema de Justicia provincial, Jorge Barraguirre, quien en una entrevista en LT8 con el periodista José Maggi adelantó el 29 de abril pasado que haría una investigación sobre el proceso de esta causa ante las evidencias de que está rodeada de situaciones muy poco transparentes.
Barraguirre reaccionó así ante la difusión de un audio donde el fiscal Gerosa se refería a que el senador provincial Orfilio Marcón (Juntos por el Cambio) le pidió información sobre la causa contra Galaz y le reclamó que terminaran con la misma antes de comenzar la campaña electoral 2023, ya que había sido secretario privado de Scarpin y el caso podría perjudicarlo.
Qué dice el lapidario dictamen de la auditoría
El auditor del Ministerio Público de la Acusación, Leandro Mai, realizó un lapidario dictamen sobre la actuación del fiscal Gerosa en el caso contra Galaz. Consideró que el fiscal cometió “faltas graves” y concluyó que “procede la sanción de destitución en el cargo”.
El auditor le endilga al fiscal «haber revictimizado a la mujer víctima en situación de vulnerabilidad en el marco de las presentes actuaciones dándole un trato indecoroso, molestándola y presionándola para que firme un acuerdo de juicio abreviado sin haber velado por la salvaguarda de su intimidad”.
Una de las medidas cuestionadas por la auditoría fue la prisión domiciliaria del pedófilo Marcelo Galaz. «La primera conducta disvaliosa fue la celebración de un acuerdo de prisión domiciliaria en fecha 30/5/2022 en clara violación a lo previsto por el artículo 10 del Código Penal, sin que el fiscal le informe a la víctima que la resolución dictada en esa fecha por parte del tribunal no respondía a sus pretensiones de protección integral, la cual tampoco fue apelada por el órgano fiscal y como consecuencia de ello haber incumplido el principio de debida diligencia reforzada en el artículo 7 de la Convención de Belém Do Para».
Mai también le recrimina al fiscal «haber presentado el 17 de noviembre de 2022 un acuerdo abreviado el cual no cumplimentaba con los requisitos establecidos en el artículo 339 del Código Procesal Penal, ya que no acompañó la conformidad de la víctima y tampoco la rúbrica del fiscal regional respectivo. Como así tampoco haber fundamentado en dicha oportunidad la razón del cambio de calificación más favorable para el imputado ni la modificación de la pretensión punitiva en favor del mismo, sin haber motivado el fiscal al momento de la determinación de pena, cuál era la razón para que delitos que concurrían realmente entre sí sean condenados por el mínimo legal de la plataforma jurídica seleccionada en el abreviado, teniendo en cuenta la pretensión esgrimida en la acusación de 32 años de cumplimiento efectivo conforme los parámetros de los artículos 40 y 41 del Código Penal por parte del acusador público».
Los diálogos reconocidos públicamente tanto por Gerosa como Marcón en notas radiales realizadas por los periodistas @juanmaberlanga y @mxahumada dan cuenta de la impunidad con que se manejan y mueven algunos actores de la política y la justicia santafesina. 12/16
Mai le cuestiona además al fiscal «haber realizado durante marzo y abril de 2023 diversas declaraciones indecorosas e imprudentes en distintos medios de comunicación, poniendo en conocimiento de la ciudadanía que brindaba información sobre la marcha de la investigación a un tercero ajeno al proceso, en una causa en donde la principal interesada, la víctima, siempre estuvo desinformada del estado de la misma en contradicción a lo estipulado en el marco normativo vigente».
La acusación contra Galaz
A Galaz se le imputó ser autor de abusos sexuales gravemente ultrajantes a su sobrina menor de edad, reiterados en un número indeterminado de veces, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, reiterado también en un número indeterminado de veces.
El violador comenzó con los abusos sexuales contra su sobrina en el año 2000, cuando ella era una niña de cuatro años de edad. Arrancó después del fallecimiento del abuelo de la víctima, en enero de ese año, y continuaron -en un número indeterminado de veces- durante unos seis años. Cesaron entre 2005 y 2006.
Galaz se aprovechaba de la niña cuando la madre y la abuela de la víctima cumplían horario laboral; y ambos quedaban solos en una vivienda del barrio Nuevo, de la localidad de Avellaneda, en el norte provincial.
Los abusos cesaron cuando la menor comprendió los hechos y le advirtió a su tío violador que si volvía a tocarla le iba a contar a su mamá. Desde entonces, solo le hizo caricias ocasionales. Todo esto quedó constatado en sede judicial y fue reconocido por el propio Galaz.
A Galaz también se le reprochó haberle ocasionado a su sobrina un trastorno por estrés traumático que, entre otras cosas, le impide relacionarse con personas de género masculino, la que le provoca rechazos de amor consciente, imposibilidad de relacionarse físicamente con otras personas, no tolerar un tratamiento físico como los abrazos, problemas escolares, pérdida de contacto con familiares para evitar estar con el agresor, alteración del ritmo del sueño, insomnio, pesadillas, ánimo con tendencia a la depresión y ansiedad, entre otras alteraciones.
¿Por qué se eliminó los agravantes del delito?
Inicialmente, la fiscalía había pedido una pena de 32 años de prisión para Galaz, pero después dio vía libre para un juicio abreviado en donde se iba a acordar una pena de solo siete años.
La fiscalía intentó explicar los agravantes que eliminó de la causa por abuso sexual de una menor para alcanzar este acuerdo en el juicio abreviado que se iba a cerrar con una pena de cárcel muy baja. El fiscal admitió que accedió a un cambio de calificación del delito, eliminando agravantes como el “grave daño a la salud” ocasionado a la víctima, la “convivencia preexistente” entre el abusador y la menor abusada, y el hecho de que Galaz era “guardador de la niña”.
Galaz, que actualmente está en libertad, le había depositado tres millones de pesos a la víctima como parte del acuerdo abreviado y debía pagar una suma idéntica el 29 de abril pasado. De completar el pago, el juez penal ya había anticipado que firmaría finalmente la sentencia acordada en el juicio abreviado; y Galaz sería trasladado a una cárcel para empezar a cumplir su condena. Pero finalmente el magistrado se negó a suscribirlo ante las declaraciones del procurador de la Corte santafesina.
Ante la inhibición del magistrado, la Oficina de Gestión Judicial debe remitir el expediente a un juez subrogante que podría quedarse con el caso o rechazarlo, con lo cual la decisión quedará en manos de la Cámara de Apelaciones.
Galaz está actualmente en libertad con restricciones, teniendo como «guardadora» a su esposa, la profesora Marianela Nerina Doldán Almirón. Vive con ella y sus dos hijos en la localidad santafesina de Avellaneda.
El violador tiene las siguientes restricciones y reglas de conducta que debe cumplir, bajo posible sanción de revocación de la libertad si incumple: no debe emborracharse ni drogarse, ni acercarse a menos de doscientos metros de la víctima y su madre, ni debe comunicarse con ellas por ningún medio.
El testimonio de la víctima
En la última audiencia judicial la víctima pidió la palabra y dijo ante la presencia del imputado, su violador: “¿Cómo llamarte? Marcelo, tío, abusador, tantas personalidades de una misma persona, mi diablo personal más de dos décadas. Ruego a Dios que esta sea la última vez que te vea. Literalmente, podría estar horas y horas leyendo sentada todo el daño que me hiciste. Mucho más de lo que se pueda llegar a imaginar. O preguntarte por qué. ¿Qué te hice para que me odiaras tanto? ¿Cómo pudiste lastimarme de esta manera? Pero la realidad es que esto no nos llevaría a nada, porque no hay una respuesta que valga frente a un hecho tan atroz como un abuso».
«Lo que es difícil de decirte es que ya no te odio y no me arruinaste la vida. Sí, teñiste de tristeza gran parte de mi niñez, mi adolescencia y el inicio de mi vida adulta, pero hasta aquí. Basta. Hasta acá te dejo llegar. El resto de mi vida es mía, solo mía. Y el aspecto del odio, durante años, tuvo un deseo recurrente, en buscarte de sorpresa, golpearte y dejarte tirado en el piso sangrando, sufriendo. Porque eso fue exactamente lo que vos hiciste conmigo. Como un buen cobarde, me tomaste desprevenida cuando era una niña sin herramientas ni recursos para defenderme. Me destrozaste y me dejaste tirada de un charco de sangre, pero entonces algo pasó. No sé cómo ni en qué momento. Hoy está en la terapia, el paso del tiempo o Dios. Pero ya no te odio. No quiero lastimarte. Porque estoy consciente de que el hecho de que vos sufras no va a mitigar mi dolor. Comencé a sanar el día que solté el odio para concentrarme en mí. Y por eso voy a perdonarte. Hoy no. Hoy todavía no puedo. Pero voy a trabajar para estarlo porque me lo merezco. Merezco una vida en libertad y armonía. Porque el abuso no me define a mí. El abuso te define, te definió y siempre te va a definir a vos, Marcelo».
Y al final, pidió al Poder Judicial que haga una «autocrítica para que ninguna otra víctima sufra la revictimización que yo sufrí a manos del fiscal Aldo Gerosa y su equipo». Refirió a malos tratos que ya informó tanto al fiscal regional como al fiscal general de la provincia, «esperando que tomen las medidas correspondientes, porque considero que estamos en el año 2023 y hay cosas que ya no podemos tolerar». Recordó que está vigente la «ley Micaela»; y que «todos los integrantes del Poder Judicial deberían tener perspectiva de género».
Ahora, la auditoría del Ministerio Público de la Acusación reaccionó, elaboró un lapidario dictamen que apunta al «irregular” accionar del fiscal Gerosa.