Son 69 convencionales constituyentes, de los cuales 50 serán por distrito único y uno por cada departamento. En la Primaria se seleccionarán los candidatos a intendentes de 19 ciudades, más concejales y miembros comunales de toda la provincia.
El Poder Ejecutivo convocó a la elección de los 69 convencionales constituyentes que trabajarán en la redacción de la reforma constitucional para el 13 de abril, de acuerdo al decreto 2656 firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno, Fabián Bastia.
«Convócase para el día 13 de abril de 2025, a comicios generales para proceder a la elección de 69 convencionales reformadores de conformidad a las previsiones de los artículos 114 y 115 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe y de la Ley Nº 14.384», señala el decreto. «Para la elección de los convencionales reformadores se utilizará el sistema de Boleta Única, distinguiéndose debidamente los diecinueve convencionales reformadores a elegirse por circunscripción uninominal, con sus respectivos suplentes, de los cincuenta a elegirse por sistema proporcional constituyendo a tales efectos la provincia un distrito único, también con sus respectivos suplentes», remata el artículo 6to.
El decreto conocido este lunes contiene, además, la convocatoria, ese día, para seleccionar candidatos a intendentes en los 19 municipios que deberán elegirlo el 29 de junio del año próximo así como de concejales en todas las ciudades y miembros comunales en cada localidad de la provincia.
En este turno electoral son cinco los nuevos municipios que definirán intendentes y los primeros seis concejales: Alvear, Helvecia, San José de la Esquina, Teodelina y Villa Minetti.
En esta ocasión, la ciudad de Santa Fe renovará 8 bancas en el Concejo y en la ciudad de Rosario, serán 13. En las ciudades de la provincia se renovarán 27 bancas en los diferentes concejos municipales. En el resto de las localidades se nominarán todos los presidentes comunales por dos años.
En caso de prosperar la sugerencia de la ley de necesidad de la reforma, será la última vez que se nominen comisiones comunales por dos años. Uno de los puntos habilitados de la reforma es unificar los mandatos provinciales y locales.
«Establecer que todas las poblaciones se organizan como municipios de conformidad con la ley que la Legislatura dicte, la que podrá establecer diferentes categorías según su relevancia geográfica, poblacional o funcional», se propone. Pero también dice «establecer que la duración de los mandatos de las autoridades municipales es idéntica a la de las autoridades electivas provinciales. Asimismo, la elección de las autoridades municipales se realiza conjuntamente con las elecciones provinciales. Disponer la renovación de los Concejos Municipales por mitades, cada dos años, en aquellos municipios que cuenten con más de veinte mil habitantes.
La decisión del gobierno provincial es separar los comicios locales de las elecciones nacionales legislativas del 26 de octubre donde se elegirán 127 diputados y 24 senadores. La PASO nacional tiene fecha para agosto, excepto que sea derogado ese comicio por un acuerdo en el Congreso nacional.
De esta manera, en el 2025, los santafesinos deberán acudir en cuatro ocasiones a las urnas: 13 de abril; 29 de junio; 3 o 10 de agosto y 26 de octubre. En todos los casos además se usará sistema de Boleta Única aunque con algunas diferencias entre el sistema santafesino y el que estrenará la Nación.
Para las elecciones municipales y comunales, la Constitución no establece plazos como sí lo hace para los casos de gobernador, vice y legisladores. Lo que sí debe tener en cuenta el Poder Ejecutivo son los plazos que fija la vigente ley electoral. Así la convocatoria a PASO para la elección de cargos provinciales, municipales y comunales debe realizarse con una antelación no mayor a 150 días y no menor a 120 días de la fecha de realización de la misma. Pero además, las primarias deben realizarse con una antelación no menor a los 42 días y no mayor a los 80 días corridos del acto eleccionario general.
Convención sin fecha
La ley N° 14.384 sobre reforma constitucional estableció la fecha de la elección de convencionales pero no la fecha de reunión de la Convención que sí se encargará de reformar la Carta Magna. «La Convención Reformadora se instalará en la ciudad de Santa Fe, en el momento que convoque el Poder Ejecutivo, dentro del plazo de un año de celebrada la elección de convencionales reformadores. Deberá terminar su cometido en el plazo de cuarenta días corridos desde su instalación, que será prorrogable por un plazo máximo de veinte días más, corridos también, si así lo aprobase la Convención por la mayoría absoluta de sus miembros», señala el artículo 10.
Padrón
Las primeras estimaciones indican que se necesitarán más de 70 mil votos para poder lograr bancas en la Convención reformadora santafesina. «Cincuenta convencionales reformadores serán elegidos por sistema de representación proporcional, constituyendo la Provincia a tales efectos un distrito único, y a su vez cada departamento elegirá un Convencional Reformador mediante el sistema de circunscripción uninominal. Se requerirá obtener, como mínimo, un porcentaje del 2,5% de votos del padrón electoral para acceder a la distribución de cargos», señala el artículo 6 de la ley de reforma.
Fuente: El Litoral