El Senado santafesino aprobó el proyecto de reforma de la legislación provincial. Para que la nueva normativa sea ley falta el aval de la Cámara de Diputados.
El senado santafesino dio media sanción al proyecto de ley que reforma el Código de Faltas de la provincia de Santa Fe. La edad de imputabilidad baja de 18 a 16 años. Ahora definirá la Cámara de Diputados.
«Fue un trabajo enorme. Presentamos una reforma que reemplaza el sistema escrito por el oral, instaura un sistema acusatorio ágil y lleva la Justicia contravencional a los pequeños pueblos de la provincia sin gastar un solo peso del presupuesto», dijo el senador por el departamento General López, Lisandro Enrico, autor del proyecto.
Enrico le solicitó al gobernador Miguel Lifschitz, que incluya su proyecto en el temario de las sesiones extraordinarias para ser tratados cuanto antes en Diputados. «El Código de Faltas vigente muestra el retraso conceptual que sufría el Código Procesal Penal hasta su reforma. Se trata en definitiva de hacer del Código de Faltas un cuerpo normativo que se ajuste al nuevo modelo acusatorio, que ya rige en el fuero penal —que ahora es oral— y sólo sobre los delitos (no sobre las faltas)», indicó el senador.
Un aspecto destacable que tiene el proyecto es que en los pueblos en los que haya un juez de Pequeñas Causas, conocido como el nuevo Juez de Paz, será éste el que haga de juez sin necesidad de que la causa deba trasladarse a Venado Tuerto, Rufino o Melincué. La norma prevé cambiar al sujeto de la investigación «sin crear ningún cargo nuevo», subrayó Enrico.
Y otra de las innovaciones es que convierte a nueve de las faltas en contravenciones de instancia privada, es decir, en esos casos serán los damnificados y no el fiscal el que lleve adelante el juicio, denunciando y presentando sus pruebas. También, ese rol —el de acusador— podrá ser ejercido por nuevos actores en el sistema: los municipios y las comunas.
A partir de los 16. El texto que revisará Diputados baja de los 18 a los 16 años la edad de quienes pueden ser alcanzados por la Justicia de Faltas: «Respondemos con este criterio a un marcado reclamo social, en consonancia con lo que ya hicieron otras provincias como Córdoba, San Juan, Salta y Misiones», aclaró el legislador. Y comentó que «los menores de edad deberán hacerse cargo de sus actos cuando destruyan, dañen o le generen molestias a terceros. Es insostenible en la sociedad actual que una persona de 16 o 17 años sea impune por tener esa edad y no se haga responsable de los daños o molestias que ocasiona. Tenemos que construir una sociedad con derechos, pero con deberes en donde se vuelva a restablecer el respeto y la sanción ejemplar para aquellos que dañen a terceros», afirmó el senador Enrico.
«Los menores —continuó— van a tener un tratamiento especial. Van a ser juzgados por los jueces de Menores, pero serán pasibles de iguales penalidades que prevé el Código a los mayores de edad».
Polémico. «Así como el Estado y algunas leyes les van dando derechos, como a votar, trabajar o educarse, también tiene que haber un correlato en cuanto a los deberes. Sabemos que esto va a ser muy polémico, pero estamos con la firme convicción de que es una necesidad del momento porque la sociedad lo reclama. Si bien las faltas y las contravenciones no son delitos, son normas que tienden a mantener la paz social de una comunidad y que hacen a prevenir delitos. Esto tiene que estar regulado porque sino parece que el desorden le gana a la tranquilidad pública», completó.
Además, aseguró que «los legisladores de Santa Fe estamos debiendo esta discusión, porque la ley está desactualizada. Hay mora legislativa. No podemos seguir pateándola para adelante porque está suspendido el tema de faltas».
Modernización del Código. La norma, aprobada por el Senado que pasa a Diputados, modifica la parte general del actual Código e incorpora la figura de la acusación, a cargo principalmente de fiscales, pero agregando otros formas de acusar. Los jueces serán los mismos que fija la actual ley del Poder Judicial, pero se incorpora al juez de Pequeñas Causas para que juzguen las faltas en sus comunas.
Todas aquellas contravenciones que son delitos pero en una escala menor, tales como la venta de alcohol a menores, ruidos molestos, invasión de espacios públicos, conducción peligrosa, portación de arma blanca o contundente, rotura de carteles en la vía pública, pintar paredes, emisión de gases y sustancias nocivas, entre otras, son algunas de las faltas y contravenciones que serán penadas.
Desde 2003. El primer principio que tiene el Código, que generó debate y fue pedido por Enrico, es el artículo segundo, sobre la paz social, donde los beneficios y el resguardo de la ley sean para los damnificados y no del imputado.
«Nuestro Código es del 2003 y es importante que sea reformado y actualizado, porque permite mantener la tranquilidad pública. En el proyecto que presenté se establece como principio del Código de Faltas, mantener la paz social y esto engloba la buena convivencia, el orden público, el respeto hacia la comunidad y las personas. Eso es lo principal», remarcó Enrico.