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Fuerte condena para el asesino de Marianela Brondino

El juez que firmó la sentencia contra el «Bebe» Giménez, destacó el valor de Graciela, «una madre en constante peregrinar por justicia». Por el hecho, ocurrido el 28 de abril de 2010 en barrio María Selva, también se encuentra cumpliendo pena de 20 años Walter «Pipi» Borda.

El juez Luis Octavio Silva impuso pena de 16 años de prisión de cumplimiento efectivo para José Eduardo «Bebe» Giménez, hoy de 28 años, quien previamente fue declarado responsable en cuanto a su participación en el robo y crimen de Marianela Brondino, ocurrido hace más de una década en las calles del barrio Villa María Selva. La sanción se conoció este miércoles, cuando desde el Juzgado de Menores Nº 2 de Santa Fe, notificaron a las partes. 

Si bien la sentencia no se encuentra firme -la defensa podría apelarla-, la condena a Giménez comienza a cerrar lo que el propio juez Silva destacó como «constante peregrinar por justicia» de Graciela Peresín, madre de Marianela y gran impulsora de la causa desde su rol de querellante, junto al Centro de Asistencia Judicial (CAJ) de la provincia.

Previamente, la justicia de mayores impuso 20 años de cárcel al coimputado, Walter «Pipi» Borda, de 36 años, quien a fines de 2019 debió afrontar un juicio oral y público en el que se lo declaró culpable de «homicidio en ocasión de robo» en perjuicio de Marianela. Los jueces que fallaron por unanimidad fueron José Luis García Troiano, Pablo Busaniche y Susana Luna; y el fallo fue ratificado en agosto de 2020 por los camaristas Fabio Mudry, José Antonio Mántaras y Eduardo Bernacchia.

Motochorros

Marianela Brondino, quien falleció a la edad de 25 años, fue atacada por dos motochorros el 28 de abril de 2010, pasadas las 20.30, cuando iba por calle Gorostiaga al 1900, de regreso a su casa en el barrio Villa María Selva. Dos delincuentes en moto (Borda y Giménez), intentaron arrancarle la mochila y en la embestida la tumbaron de la bicicleta, ocasionándole un severo traumatismo de cráneo que le produjo la muerte el 3 de mayo, en el hospital José María Cullen.

Fue el juez Jorge Pegassano -recientemente fallecido-, quien declaró la responsabilidad penal de Giménez el 7 de julio del año pasado, en su rol de subrogante del Juzgado de Menores. La medida fue apelada, pero a fines de agosto los miembros de la Cámara de Rafaela, Juan Manuel Oliva -presidente-, Sergio Alvira y Matías Drivet, ratificaron el fallo.

Como el proceso de menores lo indica, tras la declaración de responsabilidad, otro juez debía evaluar si correspondía imponer una condena, y en este caso, de qué monto. Así, el juez Silva resolvió aplicar pena de 16 años de prisión efectiva para Giménez, quien se encuentra preso desde diciembre de 2017, aunque ya había sido detenido y liberado un año antes.

A propósito de la pena, el fiscal Carlos Rolando, había solicitado 16 años y medio de cárcel; mientras que la querella pidieron que se impongan 20; y la defensa y la Asesoría de Menores pugnaron por la absolución del acusado.

El bien más preciado

«Entiendo que en este caso la necesidad de pena y su individualización se fundan en las razones vertidas por la fiscalía y la querella», introdujo el juez Silva, que luego detalló los puntos centrales de sus fundamentos.

En primer lugar destacó «la modalidad y circunstancias de un hecho sumamente grave» -prevé una pena de entre 10 y 25 años-, «por la pérdida de una vida como el bien jurídico más preciado, consumado mediante la aproximación rauda y sorpresiva en motovehículo durante el abordaje a una víctima totalmente desprevenida e indefensa, incapaz de imaginarse o suponer un atraco estando en movimiento, ya que se desplazaba en bicicleta a su casa por una vía pública».

El Dr. Silva sostuvo también que se trató de un «crimen cometido en forma violenta, por dos masculinos y contra una víctima (mujer) que circulaba sola, expuesta y en situación de franca vulnerabilidad»

Hizo hincapié en «la magnitud del daño causado, que trasciende a la víctima y se extiende a sus familiares y amigos, implicado en el desasosiego de un padre que fallece estando el crimen impune, de un hermano traumatizado y bajo tratamiento y de una madre en constante peregrinar por justicia, exigiendo sus derechos constitucionales a una tutela judicial efectiva y a la verdad, sanción y castigo de los culpables».

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