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El procurador de la Corte declara admisible citar a Traferri

Barraguirre dictaminó que hay lógica en definir como inconstitucional el artículo que impide investigar al legislador. Y también dice que no es caprichosa la pretensión de los fiscales de imputarlo

El procurador de la Suprema Corte de la provincia, Jorge Barraguirre, dictaminó que puede ser admitida la declaración de inconstitucionalidad de los fueros absolutos de los legisladores en Santa Fe, resolución que facultó a dos fiscales a imputar al senador provincial Armando Traferri (PJ/San Lorenzo), quienes lo señalan como organizador de juego ilegal en la provincia. Lo que subraya el procurador es que hay precedentes de que se pueda declarar inconstitucional un artículo que está en una Constitución. Indica asimismo que es razonable que se pueda investigar a un legislador aún sin el desafuero de sus pares si se preservan otras inmunidades como la de arresto. Y enfoca los indicios brindados por los fiscales que aspiran a imputar al senador sanlorencino para decir que no es caprichosa esa pretensión.

El pronunciamiento se suma a un cuadro de sostenida tensión institucional. A principios de año la jueza Eleonora Verón rechazó el planteo de incostitucionalidad de los fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra para citar a Traferri a audiencia imputativa sin que los legisladores hayan levantado los fueros de su colega. Posteriormente el camarista José Luis Mascali rechazó la decisión de Verón señalando que el artículo de la Constitución de Santa Fe que impide investigar a un legislador es inconstitucional. Ante eso Traferri fue citado a audiencia imputativa pero no concurrió porque, dijeron sus abogados, como apeló el fallo de Mascali la Corte Suprema debe dirimir el caso.

Mascali declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 51 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe y el artículo 27 del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe. Sostuvo que tal cosa vulnera el principio de igualdad previsto en el artículo 16 de la Constitución Nacional porque habilita inmunidades a legisladores provinciales que no tienen los legisladores nacionales en la Carta Magna.

El dictamen de Barraguirre que encuentra razonable el planteo que pide que Traferri comparezca en una audiencia es la antesala del pronunciamiento del máximo tribunal de la provincia. ¿Qué dice Barraguirre? Que aunque declarar inconstitucional un artículo de la Constitución es excepcional puede, como pasa con la decisión de Mascali, ser admisible. Ofrece un bloque de tres argumentos. Pero señala como importante que el proceso judicial –no la declaración de inocencia o culpabilidad– debe interpretarse como «un antivirus contra la corrupción». Deja claro que no abre ningún juicio sobre la responsabilidad presunta o no de Traferri en los hechos aludidos. Aunque remarca tareas distintivas de quienes están en posiciones institucionales.

«Los funcionarios públicos están obligados a rendir cuentas y este deber es un deber especial. La transparencia que ofrece el nuevo sistema procesal penal es un activo de la provincia y, por lo tanto, debemos capitalizarlo: el proceso no debería verse trabado en su fase inicial sobre todo cuando uno de los males endémicos de nuestra región es la corrupción», observa el procurador, de acuerdo a lo informado por el diario La Capital.

Un primer argumento del procurador es que en el derecho constitucional provincial la convención interpretativa corriente es que los fueros parlamentarios son extensos pero bajo condiciones de aplicación muy distinta a la actual. Sostienen efectivamente que no se puede perseguir a un legislador por opinión, ni se lo puede arrestar, ni someterlo a proceso. Pero en este último caso durante más de cien años el cuestionamiento debía hacerse en juicio público aunque permitían que la investigación se inicie.

Esto es lo que hace sostenible para Barraguirre la declaración de incontitucionalidad que decide Mascali: debe poder investigarse a Traferri porque en todas las constituciones provinciales previas el proceso nacía con el auto de procesamiento, no con las diligencias instructorias, que son las que se están llevando adelante ahora.

Como segundo núcleo de argumentos Barraguirre alude a cinco casos en que el máximo tribunal argentino declaró inconstitucionales artículos de constituciones provinciales. «Nadie diría que la Corte Suprema de Justicia de la Nación reformó las constituciones provinciales en varios casos en los que declaró la inconstitucionalidad de normas constitucionales provinciales», sostuvo. Para eso plantea casos de Santa Fe, dos de Córdoba, uno de Buenos Aires y uno de Mendoza.

Por último señala que los elementos colectados y expuestos en audiencia por los fiscales en la tramitación del legajo contra Traferri «no parecen sugerir que la investigación solicitada sea caprichosa o arbitraria». El procurador hace un resumen de estos casos recordando los indicios de encuentros entre Traferri y el capitalista de juego ilegal Leonardo Peiti que está bajo proceso penal.

En definitiva para Barraguirre la decisión de Mascali de declarar inconstitucional el artículo 51 de la Constitución provincial no es arbitrario. Hay una convención interpretativa constitucional de la provincia en el sentido de abrir investigaciones a legisladores, un conjunto de precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que avalan la resolución del camarista y un número de indicios que alejan, a primera vista, el carácter caprichoso de la pretensión de los fiscales.

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