Fue condenado este martes 3 de noviembre a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de abuso sexual simple. La sentencia fue dictada por el juez Leandro Lazzarini, en el marco de un procedimiento abreviado realizado en la Oficina de Gestión Judicial de Primera Instancia del Fuero Penal del Distrito Judicial Nº 1 de Santa Fe.
El acuerdo fue presentado por la fiscal Vivian Ester Galeano e incluyó la calificación legal y la pena convenida. Durante la audiencia, Dellaporta manifestó comprender los alcances del procedimiento, reconoció expresamente su culpabilidad y prestó conformidad. La defensa técnica, a cargo de Agustín José Stratta e Ignacio Alfonso Garrone, y el abogado querellante también ratificaron la presentación.
La investigación se había iniciado a partir de la denuncia de una empleada pública de 26 años. Según informó Info Mercury, el hecho investigado ocurrió el 23 de octubre de 2024 en oficinas del Ministerio de Salud de la provincia, donde Dellaporta se desempeñaba como secretario de Participación Social. En marzo de 2025, tras tomar estado público la denuncia a través del diputado provincial Fabián Palo Oliver (FAS), presentó su renuncia al cargo.
Las condiciones de la condena
Al tratarse de una pena de ejecución condicional, Dellaporta no deberá ingresar de manera efectiva a prisión. Sin embargo, el magistrado estableció que durante dos años deberá cumplir una serie de reglas de conducta, cuyo incumplimiento podría derivar en la revocación del beneficio.
Entre las disposiciones se encuentran fijar un domicilio y someterse al control de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pospenitenciaria; no mantener contacto con la víctima por ningún medio ni acercarse a menos de 200 metros; abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; y no tener ni portar armas de ningún tipo.
Además, una vez que la sentencia quede firme, deberá realizarse la identificación genética de Dellaporta para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, de acuerdo con lo establecido por la Ley 26.879.
Fuente. Raíces de Esperanza
