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Causa Oldani: Confirmaron los procesamientos a todos los imputados

Las personas involucradas fueron procesadas por supuesta «intermediación financiera no autorizada». Se dedicaban a “operaciones financieras marginales»

La denuncia de Marcelo Sain para que se investigue si la agencia de turismo de Hugo Oldani –asesinado en febrero de 2020- era la pantalla de una “cueva financiera” tuvo ayer su segundo impacto en la justicia. La Cámara Federal de Rosario (Sala A) confirmó el procesamiento de los diez imputados en la causa por supuesta “intermediación financiera no autorizada” -entre ellos la hija del empresario, Virginia Oldani, una empleada de la firma María José Calle y dos operadores del grupo Carey de Rosario, Carlos Ciochettto y Carlos Bacigaluppo- y ratificó los embargos por 500 mil pesos a cada uno de ellos. En total: cinco millones. La gran incógnita de la investigación del fiscal federal Walter Rodríguez es el destino de un millón 100 mil dólares y tres millones 100 mil pesos que –según un peritaje judicial- estaban en la oficina de Oldani, pero de los fajos sólo quedaron las fotos.

La pesquisa se inició por una denuncia de Sain el 1º de junio de 2020, cuando era ministro de Seguridad de la provincia. Poco después, el fiscal Rodríguez descubrió una prueba clave: el peritaje del teléfono celular de Oldani –que en ese momento estaba en jurisdicción del fiscal regional de Santa Fe Carlos Arietti- que tiene 17.000 folios con registros, diálogos, operaciones y contactos de los clientes del empresario.

El 22 de abril último, el juez Bailaque –a cargo del Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe- dictó los diez procesamientos por supuesta “intermediación financiera no autorizada”, en un fallo 70 páginas que describe las pruebas –hasta con detalles- y ayer la Cámara Federal de Rosario convalidó esa resolución en todo su contenido. “Es posible afirmar –dice la Cámara al coincidir con Bailaque- que “desde 2018 hasta el 11 de febrero de 2020” –el día del crimen- en la agencia Oldani “se llevaron a cabo distintas maniobras de manera habitual y con alcance interjurisdiccional reservadas al sistema financiero, por parte del empresario y de terceros, entre los que se encuentran los imputados, que no estaban habilitados a realizarlas”.

El fiscal general Oscar Arrigo también coincidió con su colega a cargo de la investigación, Walter Rodríguez, al pedirle a la Cámara que confirme los diez procesamientos, como ocurrió. “La prueba reunida en el legajo permite acreditar la materialidad de los hechos y la responsabilidad que les cupo a los imputados”, dijo en su dictamen. “Los resultados de las pericias practicadas en los equipos informáticos” de la empresa de Oldani revelaron “una clara organización criminal dedicada a efectuar operaciones financieras marginales sin autorización del ente rector en la materia, burlando los controles en ese sentido al calzar operaciones informales con las formales de manera indebida y de esa forma obtener un rédito ilegítimo a costa del sistema financiero formal”, agregó.

Además de Virginia Oldani y María José Calle, los otros ocho procesados son la presidenta de la sociedad de Bolsa Mediterránea, Carina Chelmo, dos operadores del grupo Carey de Rosario: Ciochetto y Bacigaluppo, el abogado Leandro Javier Forchetti y los inversionistas Flavio Damián Giulioni, Ariel Juan Trucco, Marco Molinas y Eugenio Francisco Alonso. Todos por supuesta “intermediación financiera no autorizada”, que tiene una pena de uno a cuatro años de prisión.

La Cámara describió el rol de cada uno de ellos y en el caso de Virginia Oldani y María José Calle dijo que “habrían realizado aportes individuales, actuando bajo la dependencia y directivas de Hugo Oldani, como sus brazos ejecutores en las maniobras delictivas indicadas”, que es lo mismo que plantearon el fiscal Rodríguez y Bailaque.

El juez –siguió la Cámara- “detalló las pruebas de cargo e indicó la presunta participación de los imputados en las maniobras denunciadas. Los argumentos de los abogados defensores no lograron desvirtuar esas conclusiones”.

En consecuencia, la Cámara estimó que “en términos de probabilidad, los imputados resultan presuntos responsables de la comisión del delito por el que se los indagó, sin perjuicio de lo que pudiere surgir” en el avance de la investigación.

Fuente: Página/12

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